
El Ayuntamiento de Madridejos regula por medio de una ORDENANZA MUNICIPAL, el procedimiento para el aprovechamiento de setas en el monte de utilidad pública nº 9 del CUP denominado “Sierras de Madridejos”, propiedad del consistorio.
El Ayuntamiento de Madridejos advierte a los recolectores de setas, llegado el otoño, que para llevar a cabo dicha actividad en en las sierras del municipio necesitan de una autorización.
Así se regula por Ordenanza Municipal para que pueda llevarse a la práctica adecuadamente la recolección si se visita el monte de utilidad pública nº9 del CUP, denominado «Sierras de Madridejos» que es propiedad del consistorio.
En dicha ordenanza se regulan las actividades autorizadas y prohibidas, el método de recogida, las épocas autorizadas, las infracciones y sanciones a que se puede enfrentar el recolector si no sigue al pie de la letra dicha ordenanza.
Para emprender esta actividad lo primero que es necesario es obtener autorización municipal para recolectar que será individual; la cantidad recolectada no puede ser superior a 4 kg por persona y día, y se deberá recolectar en los días autorizados.
La autorización se puede descargar de la página web del Ayuntamiento de Madridejos o recoger del Registro del Ayuntamiento de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas.
Una vez cumplimentada la solicitud se debe presentar en el Ayuntamiento adjuntando fotocopia del DNI.
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