
La modificación de las Ordenanzas Fiscales reguladoras de las Tasas por Prestación de Servicios de asistencia social en la Residencia de Mayores y en el Centro de Estancias Diurnas han quedado definitivamente aprobadas tras su publicación en el BOP de la Provincia de Toledo.
En la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación de Servicio de asistencia social en la Residencia de Mayores se ha modificado el artículo 9.1 que ha quedado redactado de la siguiente manera:
1.- Con carácter general la cuantía de la tasa para los residentes inscritos en el Centro se determinará de acuerdo con las siguientes tarifas:
a).- Tarifa plaza persona válida: 1.035,30 €/mes.
Tarifa plaza persona asistida: 1.468,95 €/mes.
b).- Los residentes vecinos de Los Yébenes, con una antigüedad mínima de un año en esta situación, que disfruten de pensiones inferiores a los 892,50 € y no sean titulares, ni lo hayan sido, en los últimos cinco años, de ningún tipo de patrimonio mobiliario o inmobiliario tendrán una bonificación por parte de Ayuntamiento de 200,00 € mensuales.
-Tarifa plaza persona válida bonificada: 853,30 €/mes.
-Tarifa plaza persona asistida bonificada: 1.268,95 €/mes.
c).- Todos aquellos residentes que tengan ayudas correspondientes a la Ley de Dependencia vinculadas
a la prestación del servicio, deberán abonar el coste íntegro de la plaza señalado en el punto a).
En el caso de las tasas que se deberán pagar en el Centro de Estancias Diurnas afecta al artículo 4 de esta ordenanza fiscal y queda redactado del siguiente modo:
1.- La cuantía de la tasa regulada en esta Ordenanza se determinará en función del tipo y duración del servicio.
2.- A tal efecto, se aplicarán las siguientes tarifas por cada plaza y día (IVA incluido):
-Plazas en unidades de estancia diurna:
-Servicio integral de estancias diurnas con transporte incluido, 429,45 €/mes.
– Servicio integral de estancias diurnas sin transporte, 373,80 €/mes.
-Plazas de respiro familiar:
-Día suelto para personas con menor nivel de dependencia, 42,00 €/día.
-Día suelto para personas asistidas 56,70 €/día (se considerará persona mayor con menor nivel de dependencia aquella cuyo grado de minusvalía acreditado no supere el 75%).
- APROBADAS EN LOS YÉBENES LAS TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ASISTENCIA SOCIAL EN LA RESIDENCIA DE MAYORES Y CENTRO DE ESTANCIAS DIURNAS
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